
Somos especialistas en resolver conflictos de manera eficiente, justa y confidencial. Ofrecemos alternativas ágiles para alcanzar acuerdos sostenibles, evitando procesos judiciales extensos. Nuestro equipo de expertos garantiza imparcialidad y profesionalismo, promoviendo el diálogo y la construcción de soluciones que beneficien a todas las partes involucradas.
Conoce todos los servicios que tenemos para ti. ¿Cuál desea utilizar hoy?
Misión.
El Centro tendrá por misión promover el uso y aplicación de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, a través del diseño e implementación de modelos que contribuyan a la solución pacífica de controversias, dirigidos a los ciudadanos de la región y a todas aquellas personas que se encuentren inmersas en un conflicto, para que se apropien del mismo y generen una verdadera transformación del entorno, promoviendo la construcción de una sociedad armónica y pacífica.
Visión.
El Centro tendrá por Visión, ser un referente en la comunidad como actor fundamental en la construcción de un entorno pacifico, propendiendo por la sana convivencia, la reconstrucción del tejido social y el ejercicio legítimo de los derechos, a través de la prestación de sus servicios, ofreciendo alternativas para la solución de conflictos a través de la aplicación de los diversos mecanismos alternativos.
La Conciliación en Derecho, es una herramienta para solucionar conflictos que se basa en la comunicación entre las partes y el intercambio de ideas para solucionar una diferencia. En este proceso las partes son acompañadas por un tercero experto que se denomina conciliador en Derecho, la conciliación brinda una solución, pronta, efectiva y auto gestionada por las partes.
Beneficios
Eficiencia
En un término no superior a 10 días hábiles se asignara la audiencia para resolver el conflicto; adicionalmente, nuestros conciliadores tienen un 90% de eficacia a la hora de lograr un acuerdo.
Confidencialidad
Nada de lo que se discuta durante la audiencia de conciliación podrá divulgarse ante terceros.
Solidez legal
El acuerdo logrado en la conciliación es reconocido ante la ley y surte efectos que se asimilan a una sentencia judicial (merito ejecutivo y hace tránsito a cosa juzgada).
Especializada
El Centro de Conciliación, arbitraje y amigable composición contamos con expertos profesionales en las áreas: Civil, Familia y Comercial; quienes se capacitan de forma permanente en herramientas de conciliación y negociación.
De manera general, son susceptibles de conciliación todos los asuntos susceptibles de disposición, renuncia, transacción, desistimiento y aquellos que expresamente determine la ley. Aquellos asuntos que generen conflictos de naturaleza patrimonial, en virtud de un negocio jurídico, acto jurídico y todas las fuentes de las obligaciones civiles o mercantiles. El asunto a conciliar debe tratar sobre temas los cuales las partes tengan poder de disponer, es decir, que sean derechos “inciertos” y “discutibles”.
¿Por qué optar por la Conciliación?
La Conciliación en Derecho, es un mecanismo de solución de conflictos adecuado dadas sus características.
Eficiencia: en días 7 días hábiles se realizará la audiencia para resolver el conflicto; asimismo, nuestros conciliadores tienen un 90% de eficacia a la hora de lograr un acuerdo y que el mismo se cumpla.
Confidencialidad: nada de lo que se discuta durante la audiencia de conciliación podrá divulgarse ante terceros.
Solidez legal: el acuerdo logrado en la conciliación es reconocido ante la ley y surte efectos que se asimilan a una sentencia judicial.
Especializada: El Centro de Conciliación, arbitraje y amigable composición contamos con expertos profesionales en las áreas: Civil, Familia y Comercial. Estos expertos se capacitan de forma permanente en herramientas de conciliación y negociación.
¿Qué pasa si una de las partes no asiste a la audiencia de Conciliación?
En caso de que definitivamente dicha parte no asista se expedirá una constancia de inasistencia y se les entregará a las partes asistentes.
Dicha constancia sirve para que, en el evento de que se adelante un proceso judicial por los mismos hechos, se haga valer como un indicio grave en contra de quien no asistió a la audiencia, el cual se aplicará a las pretensiones, en el evento en que formule una demanda, o en contra de las excepciones, en el evento en que conteste una demanda de conformidad con el artículo 22 de la ley 640 de 2001.
¿Qué asuntos podemos someter a Conciliación Extra judicial en nuestro centro de Conciliación?
De manera general, son susceptibles de conciliación todos los asuntos susceptibles de disposición, renuncia, transacción, desistimiento y aquellos que expresamente determine la ley. Aquellos asuntos que generen conflictos de naturaleza patrimonial, en virtud de un negocio jurídico, acto jurídico y todas las fuentes de las obligaciones civiles o mercantiles. El asunto a conciliar debe tratar sobre temas los cuales las partes tengan poder de disponer, es decir, que sean derechos “inciertos” y “discutibles”.
En civil:
- Procesos ordinarios en los cuales exijo se declare la existencia de un derecho u obligación
- Servidumbres.
- Entrega material del bien objeto del contrato.
- Rendición de cuentas.
- Impugnación de actos de asambleas o juntas de socios.
- Restitución de inmueble arrendado, diferencias entre arrendador y arrendatario.
- Pertenencia, cuando una persona ha ocupado una propiedad en calidad de poseedor.
- Responsabilidad médica.
- Divisorios, cuando una propiedad pertenece a varias personas.
- Préstamos o deudas no canceladas.
- En los cuales se pretenda solicitar medidas cautelares.
- Responsabilidad por accidentes de tránsito
- Relacionados con todo tipo de contratos.
- Resolución de Compraventa.
- Conflictos de convivencia entre vecinos.
En familia:
- La suspensión de la vida en común de los cónyuges;
- La custodia y cuidado personal, visita y protección legal de los niños, niñas y adolescentes;
- La fijación de la cuota alimentaria, disminución o aumento.
- La separación de cuerpos del matrimonio civil o canónico;
- La separación de bienes y la liquidación de sociedades conyugales por causa distinta de la muerte de los cónyuges;
- Los procesos contenciosos sobre el régimen económico del matrimonio y derechos sucesorales;
- Conflictos sobre capitulaciones matrimoniales.
- Acuerdos de apoyo.
- Regulación de visitas.
- Permisos.
En derecho comercial, sociedades y seguros:
- Conflicto del Contrato de Sociedad, incumplimiento en pago de aportes, gestión o administración de la sociedad, no reparto de utilidades, disolución y liquidación de la sociedad.
- Diferencias que surgen con ocasión al arrendamiento de locales comerciales.
- Los conflictos surgidos con ocasión a títulos valores como pagaré, facturas, letras de cambio y cheques.
- Las diferencias que surjan con ocasión a los contratos mercantiles.
- Reclamaciones por el pago de seguros.
Es el trámite por medio del cual las personas que no son comerciantes tienen la oportunidad de reajustar con sus acreedores un plan de pago favorable, dado a que su situación financiera actual presenta dificultades y le impide cumplir con sus obligaciones económicas a tiempo.
Este trámite busca que quien se encuentra atrasado en el pago de sus obligaciones, pueda negociar con sus acreedores y lograr normalizar sus relaciones crediticias.
Los operadores en materia de insolvencia de persona natural no comerciante ejercerán su función con independencia, imparcialidad absoluta y total idoneidad, en los términos previstos en el Título IV de la sección Tercera del Libro Tercero del Código General del Proceso.
Beneficios
Reestructuración Financiera
Permite a las personas reorganizar sus deudas mediante un plan de pago favorable, adaptado a su capacidad económica actual, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones.
Negociación con Acreedores
Brinda la oportunidad de negociar directamente con los acreedores para alcanzar acuerdos que beneficien a ambas partes, evitando medidas legales más severas.
Evitar Procesos Judiciales
Este trámite ofrece una solución alternativa que reduce la posibilidad de ser demandado judicialmente, minimizando costos y tiempos asociados a litigios.
Recuperación de la Estabilidad Crediticia
Ayuda a normalizar las relaciones crediticias, lo que mejora el historial financiero y permite la reintegración del individuo al sistema económico.
Protección y Transparencia
Los operadores actúan con independencia, imparcialidad e idoneidad, garantizando un proceso justo y en estricto cumplimiento de la ley.
Alivio de la Carga Financiera
Ofrece un respiro económico a las personas en situación de insolvencia, permitiéndoles enfocarse en cumplir con sus compromisos sin presión excesiva.
El arbitraje es un mecanismo alternativo de solución de conflictos mediante el cual las partes defieren a árbitros la solución de una controversia relativa a asuntos de libre disposición o aquellos que la ley autorice.
El arbitraje se rige por los principios y reglas de imparcialidad, idoneidad, celeridad, igualdad, oralidad, publicidad y contradicción.
Beneficios
Privacidad y confidencialidad
El acceso al trámite y sus documentos corresponde únicamente a las personas que estén debidamente acreditadas o demuestren tener un interés legítimo.
Imparcialidad
Los árbitros son profesionales independientes que gozan de gran prestigio en la comunidad jurídica.
Especialización
Los árbitros nombrados por el Centro de Conciliación, son expertos en los asuntos objeto de disputa y su trayectoria profesional es intachable.
Asertividad en las decisiones
Los árbitros cuentan con un conocimiento especializado en determinadas áreas del derecho y con la práctica en diversos escenarios, lo cual les permite tomar decisiones asertivas y ágiles
Efectos legales
El laudo arbitral se asemeja a una sentencia y por tanto, la decisión tomada por los árbitros es de obligatorio e inmediato cumplimiento.
Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos, por medio del cual dos o más particulares, un particular y una o más entidades públicas o varias entidades públicas o quien desempeñe funciones administrativas, delegan en un tercero denominado amigable componedor, la facultad de definir, con fuerza vinculante para las partes, una controversia contractual de libre disposición.
Beneficios
Resolución Rápida y Eficiente
La composición amigable permite resolver conflictos de manera más ágil en comparación con los procesos judiciales tradicionales, evitando largos períodos de espera.
Reducción de Costos
Al evitar los costos asociados a un litigio judicial, como honorarios legales elevados y trámites prolongados, este mecanismo es más económico para las partes involucradas.
Confidencialidad
La composición amigable garantiza que los detalles del conflicto y su resolución permanezcan privados, preservando la reputación de las partes.
Flexibilidad en el Proceso
Las partes tienen la posibilidad de establecer sus propias reglas y procedimientos, adaptándose a las necesidades específicas del caso.
Decisión con Fuerza Vinculante
La solución propuesta por el amigable componedor tiene carácter obligatorio para las partes, brindando seguridad jurídica y estabilidad en la resolución del conflicto.
Relación Amigable entre las Partes
Este mecanismo fomenta el diálogo y la colaboración, lo que facilita mantener relaciones comerciales o institucionales a largo plazo, minimizando el impacto negativo del conflicto
«Descubre una forma rápida, económica y confidencial de resolver tus conflictos de manera justa. Con nuestros métodos de resolución, como la conciliación y el arbitraje, puedes llegar a acuerdos personalizados que preserven el respeto y la colaboración entre las partes, evitando el desgaste y la complejidad de un proceso judicial. Únete a quienes ya han encontrado soluciones efectivas y satisfactorias a través de estos servicios.»