Para poder radicar la solicitud de renovación de un RNT que se encuentra en estado suspendido, es necesario que el prestador proceda previamente con la solicitud de reactivación del registro a través de la plataforma del RNT.
NOTA: Para el año 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo transitorio de la Ley 2068 del 31 de diciembre de 2020, quienes se encuentren en estado suspendido por no haber renovado oportunamente el registro durante el período 2020, podrán solicitar a la Cámara de Comercio la reactivación de su registro sin necesidad de efectuar el pago de 1 salario mínimo a favor del FONTUR siempre y cuando realicen su trámite de reactivación y posterior renovación a más tardar el TREINTA (30) DE MARZO DE 2021.
Si la reactivación se realiza con posterioridad al 30 de marzo de 2021, el prestador deberá previamente solicitar la opción de reactivación del registro a través de la plataforma del RNT, adjuntando a la plataforma copia del recibo de consignación por valor de un salario mínimo mensual legal vigente (1 SMMLV) a favor del Fondo Nacional del Turismo- FONTUR.
El formato Único de consignación deberá ser diligenciado con la siguiente información:
- Banco: BANCO DE BOGOTÁ.
- Tipo de cuenta: CUENTA DE AHORROS
- Número de cuenta: 062912795
- Nombre convenio o empresa recaudadora: P.A FONTUR MULTAS- NIT 900.649.119-9
- Referencia 1: Indicar el NIT del prestador cuyo registro se pretende reactivar
- Referencia 2: Ley 1558 de 2012
Efectuado el pago al FONTUR, el prestador deberá ingresar a la plataforma del RNT para solicitar la reactivación del registro a fin de que pueda acceder al sistema para radicar su solicitud de renovación, para lo cual deberá seguir los pasos que a continuación se indican:
- Ingrese a la página web del RNT
- Ingrese usuario y contraseña.
- En la opción “mis establecimientos registrados” encontrará el RNT SUSPENDIDO POR NO ACTUALIZACIÓN ANUAL y una opción denominada REACTIVAR RNT.
- Selección la opción REACTIVAR RNT. Una vez seleccionada esta opción, el sistema le solicitará que adjunte la imagen del recibo de consignación a favor del Fondo Nacional del Turismo, que deberá corresponder a un (1) salario mínimo mensual legal vigente al momento del pago.
- En el momento en que el prestador envía la información, el sistema creará un número de radicado.
- El sistema quitará la opción REACTIVAR RNT de la lista principal para el establecimiento que se desea reactivar.
- Cuando el prestador envíe la solicitud, la misma será cargada a la bandeja de trámites para estudio de la Cámara, pero no se aplicará cambio al estado del RNT hasta tanto el abogado apruebe la reactivación.
- Una vez aprobada la REACTIVACION, usted cuenta con un término de 24 horas perentorias para ingresar a la plataforma y hacer la RENOVACION. Si vencidas las 24 horas el prestador no ha ingresado a radicar la solicitud de renovación, el registro pasará de manera automática a estado suspendido y el prestador deberá adelantar nuevamente el procedimiento descrito cargando el mismo recibo de consignación del pago que fue ya efectuado. (No implica nuevo pago.)