Renovación Registro Mercantil
Apreciado comerciante y/o empresario: Recuerde que la renovación de su Matrícula Mercantil debe ser realizada entre el 01 de enero y el 31 de marzo de cada año, sin importar la fecha en que usted se haya matriculado o inscrito ante la Cámara de Comercio.
Los comerciantes que se matriculen este año y los que renueven oportunamente su matrícula mercantil y la de todos sus establecimientos a nivel nacional, podrán acceder a la información que obra en el REGISTRO ÚNICO EMPRESARIAL Y SOCIAL –RUES, de todos los comerciantes (personas naturales y jurídicas) inscritas en el registro mercantil que tengan su matrícula mercantil y la de todos sus establecimientos a nivel nacional renovadas; de acuerdo con los criterios de búsqueda y lo establecido en la Circular 100-000002 de 2022 de la Supersociedades.
Descargue aquí el portafolio de servicios al que tiene acceso con su Matrícula Mercantil
SEÑOR USUARIO, ESTA ES INFORMACIÓN IMPORTANTE SI USTED ES BENEFICIARIO DE LA LEY 1780/2016: Si eventualmente al momento de hacer su renovación virtual, su pago total (aplicados los descuentos) es CERO PESOS $0, usted NO PODRÁ FINALIZAR SU TRÁMITE DE MANERA VIRTUAL, teniendo en cuenta que las pasarelas de pago nacionales, no aceptan ni tramitan transacciones en $0 pesos. Ante tal situación deberá finalizar su trámite de manera presencial en cualquiera de nuestra oficinas. (Para mayor información, por favor comuníquese al 6067412300 EXT 114)
Renovación registro mercantil, Entidades sin Ánimo de lucro y otros.
Utiliza esta opción para renovar tu registro mercantil o de Entidad sin ánimo de Lucro:
*SI vas a utilizar un medio de pago virtual (PSE, Tarjeta débito, tarjeta crédito)
*Si vas a pagar tu renovación con cupón en bancos o corresponsales (Bancolombia, Davivienda, Éxito, súper Inter, Edeq, La red ATH y AV VILLAS)
*Si eres beneficiario de la ley 1780 /2016 y tuviste ingresos por actividad ordinaria en el año anterior. En caso de reportar ingresos en $0, deberás utilizar la opción Renovación en condiciones especiales.
*Si vas a renovar múltiples años (máximo 2). En caso de renovar más de 2 años, deberás utilizar la opción Renovación en condiciones especiales.
*NO ingresar por esta opción si debes dos años y solo vas a pagar uno. Ingresa a Renovación en condiciones especiales.
Instructivo del tramite
Renovación en condiciones especiales
Utiliza esta opción para renovar tu registro mercantil o de Entidad sin ánimo de Lucro:
* Vas a renovar varios establecimientos de comercio de manera simultánea.
*Si vas a pagar tu renovación con cupón en bancos o corresponsales (Bancolombia, Davivienda, Éxito, súper Inter, Edeq, La red ATH y AV VILLAS)
*Si vas a pagar tu renovación en una de nuestras sedes de manera presencial (Pagos en caja)
*Si eres beneficiario de la ley 1780 /2016
*Si tienes actividades de alto impacto y vas a realizar modificaciones. Para esta recuerda anexar el concepto favorable de uso de suelo.
* Si en alguna de tus actividades se incluyen actividades no mercantiles.
Instructivo del tramite