Costumbres Mercantiles

¿Qué es?

La costumbre mercantil es el conjunto de prácticas que se repiten y aplican reiteradamente por una colectividad de personas frente a un hecho o tema determinado, que adquiere obligatoriedad por el hecho mismo de ser una norma creada para usos sociales, siempre que éstas no sean contrarias a la ley y se ejecuten de manera reiterada, pública y uniforme.

Beneficios que tiene certificar una costumbre mercantil:

  • Tienen la misma autoridad de la ley comercial según el artículo 3 del Código de Comercio.
  • Cuando usted certifica sus prácticas como costumbres mercantiles, usted previene conflictos, disminuye costos de transacción y permite la interpretación de contratos.
  • En ausencia de ley comercial o estipulación de las partes, la costumbre mercantil será la norma que regule la relación comercial.
  • La certificación se constituye en prueba de la costumbre agilizando la construcción probatoria en un eventual proceso legal.

¿Cómo solicito que una costumbre mercantil sea certificada por la Cámara de Comercio?

  1. Se debe presentar la solicitud de iniciativa de certificación e investigación de la costumbre, a la Cámara de Comercio de la jurisdicción del país sobre la cual quiere que surta efectos.
  2. La respectiva Cámara, verificará que la costumbre en efecto no se encuentre regulada previamente por la ley, que no se refiera a una práctica ilegal, y que la misma verse sobre materia mercantil.
  3. De ser viable lo anterior, la Cámara efectuará las tomas de muestra e investigaciones socio jurídicas en la jurisdicción para determinar si el criterio de aprobación de la costumbre supera el 70%, que es el umbral para que pueda considerarse como tal.
  4. Finalmente, la costumbre se presenta a la junta directiva de la Cámara de Comercio para su aprobación, y de admitirse, se expide la respectiva certificación de la misma y su publicación en la página web de la entidad.

¿Cómo solicito una certificación de las costumbres mercantiles vigentes en el Quindío?

Si la costumbre mercantil ya está certificada por la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío el procedimiento a seguir es:

  1. Identificar la costumbre que requiere sea certificada.
  2. Dirigirse a cualquiera de nuestras sedes indicando la costumbre requerida y la cantidad de certificaciones.
  3. Pagar el valor del certificado $6.500 (c/u).
  4. El certificado será entregado inmediatamente.

Costumbres mercantiles certificadas por la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío:

1. En la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío (todos los municipios del Departamento del Quindío), se tiene como costumbre mercantil que, en la celebración de los contratos de compraventa internacional de mercancías, cuando se aplican los términos EXW, FAS, FCA, FOB, CPT, CFR, CIP, CIF, DAT, DAP y DDP se refiere a los INCOTERMS descritos por la Cámara de Comercio Internacional.

Año de certificación: 2022

1. En la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío (todos los municipios del Departamento del Quindío), es costumbre mercantil que, en la compraventa de vehículos particulares usados el vendedor entregue al comprador la llanta de repuesto y tapetes.

Año de certificación: 2022

2. En la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío (todos los municipios del Departamento del Quindío), es costumbre mercantil que, en el contrato de consignación de vehículos automotores usados, el consignatario tenga un plazo mínimo de 30 días para venderlos, o en su defecto, devolver aquellos no vendidos.

Año de certificación: 2022

3. En la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío (todos los municipios del Departamento del Quindío), es costumbre mercantil en la compraventa de vehículos particulares usados, prorratear el pago de los gastos del impuesto del último año proporcionalmente entre comprador y vendedor a la fecha de celebración del contrato.

Año de certificación: 2022

  1. Comisión por intermediación en la compraventa de bienes inmuebles:

Es costumbre mercantil en la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío (Todos los municipios del Departamento del Quindío), que la comisión por intermediación en la compraventa de bienes inmuebles es del 3% sobre el valor de la venta.

Año de certificación: 2020

Esta costumbre sustituye por actualización de la investigación, la costumbre que se encontraba certificada hasta el 29 de octubre de 2020, la cual señalaba que: “En Armenia, Calarcá y Quimbaya, existe la costumbre mercantil de pagar una remuneración conocida como comisión, por concepto del corretaje en la compraventa de bienes inmuebles urbanos, del tres por ciento (3%)”.

  1. Pago de impuesto predial unificado en el contrato de compraventa de inmuebles:

Es costumbre mercantil en la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío, (Todos los municipios del Departamento del Quindío), que el pago del impuesto predial unificado causado en el año en que se realiza el contrato de compraventa del inmueble, se asume por el vendedor hasta la fecha en que se pacta el contrato, y por el comprador, a partir de la fecha de celebración del contrato en adelante.”

Año de certificación: 2020

  1. Pago de impuesto de registro y registro de la escritura de compraventa en contratos de compraventa de bienes inmuebles:

Es costumbre mercantil en la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío, (Todos los municipios del Departamento del Quindío), que en los contratos de compraventa de inmuebles, el pago del impuesto de registro y del registro de la escritura de compraventa en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, es asumido por el comprador del respectivo inmueble”.

Año de certificación: 2020

4. Firma del inventario en el contrato de arrendamiento de locales comerciales:

Es costumbre mercantil en la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío (Todos los municipios del Departamento del Quindío), que en los contratos de arrendamiento de locales comerciales, el arrendatario deba firmar un inventario al momento de recibir el inmueble, en el que consta el estado del mismo y los elementos que lo conforman. Este inventario, hace parte del contrato de arredramiento.
Año de certificación: 2021

5. Forma de pago de los cánones de arrendamiento de locales comerciales:

Es costumbre mercantil en la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío, (Todos los municipios del Departamento del Quindío), que los arrendatarios de locales comerciales paguen los cánones de arrendamiento por mensualidades anticipadas dentro de los cinco (5) primeros días comunes de cada mes.
Año de certificación: 2021

6. Pago de los gastos notariales en la compraventa de inmuebles:

Es costumbre mercantil en la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío, (Todos los municipios del Departamento del Quindío), que en los contratos de compraventa de inmuebles, el pago de los gastos notariales correspondientes a la escritura pública de compraventa, se asuman por el comprador y vendedor en iguales partes.
Año de certificación: 2021

  1. Hora del check out:

Es costumbre mercantil en el sector de alojamientos turísticos del Departamento del Quindío que el check out se realice a la 1:00 p.m.

Año de certificación: 2019

  1. Porcentaje para la realización de la reserva en alojamientos turísticos:

Es costumbre mercantil en el sector de alojamientos turísticos del Departamento del Quindío exigir el 50% del valor de la reserva al momento de efectuar la misma.

Año de certificación: 2019

  1. Cupo en la compraventa de vehículos de servicio público (taxis y buses).

En Armenia, Calarcá y Quimbaya, existe la costumbre mercantil de comercializar y pagar un precio adicional por la disponibilidad, conocida en el medio como cupo, en la compraventa de vehículos de servicio público de transporte de taxis y buses.

  1. Remuneración conocida como Prima Comercial.

En el Departamento del Quindío, existe la costumbre mercantil de pagar una remuneración conocida como Prima Comercial, por concepto de venta del establecimiento de comercio determinada en el valor único resultante de la trayectoria, ubicación y elementos que integran el establecimiento de comercio.