¿Quiénes se deben matricular?

La matrícula es un requisito que deben cumplir todas las personas naturales o jurídicas, (sociedades comerciales, empresas unipersonales y empresas asociativas de trabajo), que ejerzan actividades comerciales.

¿Cuáles son los requisitos para tramitar la matrícula mercantil de una persona natural?

1. Presentar su documento de identidad original.
2. Presentar copia del Registro Único Tributario (RUT) si ya cuenta con el. De lo contrario la Cámara se encargará de tramitarlo ante la DIAN.
3. Tener claridad sobre la actividad o actividades mercantiles que va a realizar como comerciante.

¿Cómo realizar el registro mercantil?

Usted podrá acercarse a cualquiera de nuestras sedes de manera presencial o realizar su trámite de manera virtual. (Consulte los datos de ubicación y horarios de atención de nuestras sedes en los diferentes municipios).

¿Para qué sirve el Registro Mercantil?

La inscripción en el Registro Mercantil lo faculta de manera legal para realizar una actividad económica, convirtiendo al comerciante en un ente visible para posibles clientes, quienes en búsqueda de un producto o servicio se acercan a la Cámara de Comercio para enterarse de la Oferta Real y legal en el área que les interesa.

¿Qué beneficios tienen los comerciantes matriculados en la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío que se encentren renovados oportunamente?

Los comerciantes que se matriculen este año y los que renueven oportunamente su matrícula mercantil y la de todos sus establecimientos a nivel nacional, podrán acceder a la información que obra en el REGISTRO ÚNICO EMPRESARIAL Y SOCIAL –RUES, de todos los comerciantes (personas naturales y jurídicas) inscritas en el registro mercantil que tengan su matrícula mercantil y la de todos sus establecimientos a nivel nacional renovadas; de acuerdo con los criterios de búsqueda y lo establecido en la Circular 003 del 19 de diciembre de 2019 de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Consulta aquí los beneficios y servicios a los que pueden acceder los matriculados que se encuentren renovados oportunamente en nuestra Cámara.

¿Cúando debe renovarse la matrícula mercantil?


La matrícula mercantil de personas naturales, establecimientos de comercio y personas jurídicas (sociedades comerciales), debe renovarse a más tardar el 31 de Marzo de cada año.  El mismo plazo aplica para la renovación de la inscripción de las Entidades Sin Ánimo de lucro inscritas ante la Cámara de Comercio.

La renovación puede realizarse de manera presencial en cualquier de nuestras sedes, o de forma virtual a través de nuestra página web  www.camaraarmenia.org.co en el link Servicios Virtuales o Renueve Aquí o en cualquiera de los puntos corresponsales de Cámara «CERCANO», ubicados en los diferentes municipios (Consulte los puntos corresponsales habilitados).

Para mayor información, consulte con nuestros asesores:
Teléfono: 3183499804
Correo Electrónico: camara@camaraarmenia.org.co

ATENCIÓN: SOCIEDADES MERCANTILES

Información sobre presunción de SOCIEDAD NO OPERATIVA y riesgo de ser declaradas disueltas de manera oficiosa por la Supersociedades

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley 1955 de 2019, reglamentada por el Decreto 1068 de 2020, nos permitimos informar que:

Las sociedades mercantiles sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Sociedades, que no renueven su matrícula mercantil por un término de tres (3) años O que no envíen la información requerida por dicha Superintendencia durante el mismo término, se presumirán como NO OPERATIVAS y podrán ser declaradas de oficio como disueltas por la Superintendencia de Sociedades, salvo demostración en contrario de su parte”.

 

En tal sentido, si la sociedad se encuentra en los supuestos que a continuación se relacionan, lo invitamos a ponerse al día con las obligaciones, ya que de no cumplir con las mismas en el año 2022, acumulándose así los 3 años previstos en la ley; la Superintendencia de Sociedades podrá declararla disuelta de manera oficiosa:

  • Ser una sociedad mercantil sujeta a supervisión (inspección, vigilancia y/o control) por parte de la Supersociedades.
  • No haber renovado la matrícula mercantil de la sociedad durante los años 2020 y 2021; no haber enviado a la Supersociedades la información requerida por dicha autoridad durante los mismos años.

¿Qué es el Registro Único Empresarial y Social (RUES)?

Es un avanzado y completo sistema tecnológico que ofrece información confiable y oportuna, facilitando los trámites desde y ante cualquiera de las 57 Cámaras de Comercio del país.

Al Registro Único Empresarial (RUE) de que trata el artículo 11 de la Ley 590 de 2000, que integró el Registro Mercantil y el Registro Único de Proponentes, se incorporan e integran también los siguientes registros:

Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro
Registro Nacional Público de vendedores de Juegos de Suerte y Azar
Registro Público de Veedurías Ciudadanas
Registro Nacional de Turismo
Registro de Entidades Extranjeras de Derecho Privado sin Ánimo de Lucro
Registro de la Economía Solidaria

El Registro Único Empresarial y Social -RUES-, es administrado por las Cámaras de Comercio atendiendo a criterios de eficiencia, economía y buena fe, para brindar al Estado, a la sociedad en general, a los empresarios, a los contratistas, a las entidades de economía solidaria y a las entidades sin ánimo de lucro una herramienta confiable de información unificada tanto en el orden nacional como en el internacional.

SERVICIOS QUE OFRECE EL RUES:

Consultas de todos los registros empresariales 7 x 24 los 365 días del año a través de internet y en las Cámaras de Comercio.
Expedición de certificados de todos los registros que integran el RUES, desde las 57 Cámaras de Comercio del país.
Servicios registrales integrales (matriculas, renovaciones, inscripciones, etc) en más de 200 puntos de la Red de Cámaras de Comercio a nivel nacional para los empresarios.
Apoyo fundamental a los procesos de control y simplificación de las Entidades del Estado.
Fuente para la realización de estudios económicos, establecimiento de políticas públicas y seguimiento al entorno económico y de formalización de las regiones.
Aporte a la trasparencia de los negocios, consultas de multas y sanciones de proponentes e inhabilidades, impedimentos y prohibiciones del registro mercantil.

Base técnica para el crecimiento de servicios virtuales registrales de la Red de Cámaras de Comercio, como:
Expedición de Nit
Registro Nacional de Turismo
Reporte de contratos, multas y sanciones de las Entidades del Estado
Expedición de certificados de Cámara de Comercio por internet  con firmas digitales.

Conozca más de este servicio en http://www.rues.org.co

Tarifas Registro Mercantil Año 2024

El Gobierno nacional mediante el Decreto 393 del 2002 estableció los derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil, establecimientos de comercio, sucursales o agencias, derechos de Cancelaciones y mutaciones, derechos por inscripción de libros y documentos así como el valor del formulario y de los certificados  expedidos por las Cámara de Comercio.

La matrícula de los comerciantes o su renovación en el registro público mercantil, causará anualmente los siguientes derechos liquidados de acuerdo al monto de sus Activos:

Descargue Aqui las tarifas de Registro Mercantil del año 2024.

¿Qué son los libros de comercio?

Son el conjunto de hojas en formato físico o electrónico destinadas para el registro de la información relacionada con los negocios, la operación, la administración o el desarrollo de las actividades que se realizan en la empresa o entidad.

Sobre los libros de comercio, el artículo 49 del Código de Comercio prevé que “se entenderán por tales los que determine la ley como obligatorios y los auxiliares necesarios para el completo entendimiento de aquellos”.

Los libros de comercio contienen información relacionada con los negocios, operación, administración o el desarrollo de las actividades propias que se realizan en la empresa.

La normatividad aplicable a los libros de comercio está contenida principalmente en:

El artículo 28 del Código de Comercio, modificado por el artículo 175 del Decreto 019 de 2012. Los artículos 48 a 67 del mismo Código.
El Decreto 1074 de 2015.
El Decreto 2270 de 2019.
El artículo 654 del Estatuto Tributario.
Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio. Título VIII Capítulo Segundo, numeral 2.1.9.2.1 y siguientes.

¿Qué son los libros de comercio en medio electrónico?

Los libros de comercio en medio electrónico son aquellos documentos en forma de mensajes de datos, de conformidad con la definición de la Ley 527 de 1999 (que define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales), mediante los cuales los comerciantes realizan los registros de sus operaciones mercantiles, en los términos del Decreto 1074 de 2015.

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