martes, octubre 13, 2026
  • La Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío, solicitó al Ministerio del Trabajo y al Fondo Milagro, revisar los requisitos del apoyo a la nómina establecido en el Decreto Legislativo 1417 de 2026 con el fin de facilitar el acceso de las empresas afectadas por el sismo del 10 de agosto.
  • Tres de las cuatro propuestas pueden implementarse mediante ajustes a la reglamentación operativa, sin necesidad de expedir una nueva norma.
  • Las medidas buscan proteger el empleo y aliviar la presión financiera de los empresarios, especialmente de aquellos que enfrentan dificultades para mantener sus operaciones y cumplir con sus obligaciones laborales, post terremoto. Lo anterior, entendiendo que las condiciones actuales no responden plenamente a la realidad de los negocios afectados

La Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío solicitó al Ministerio del Trabajo realizar cuatro ajustes al programa de apoyo a la nómina contemplado en el Decreto Legislativo 1417 de 2026, al considerar que los requisitos actuales podrían dejar por fuera a empresas afectadas por el sismo del pasado 10 de agosto, las cuales enfrentan hoy dificultades económicas y riesgos de despidos.

La solicitud, dirigida a la Ministra del Trabajo, Natalia Eugenia López Fuentes, y a Jaime Andrés Uribe Tamayo, Gerente Nacional FONDO MILAGRO, fue presentada por el presidente ejecutivo de la entidad, Rodrigo Estrada Revéiz, quien advirtió que las condiciones de acceso al beneficio no responden plenamente a la realidad de los establecimientos que perdieron ingresos o tuvieron que suspender sus actividades a causa de la emergencia.

Cuatro propuestas para facilitar el acceso al apoyo

  1. Eliminar el requisito de inscripción individual de los trabajadores en el Registro Único de Damnificados (RUD). Lo anterior, teniendo en cuenta que las empresas afectadas son quienes pueden certificar su planta de personal que al momento del sismo, contaban con vinculación laboral legal.
  2. El segundo ajuste busca permitir que las empresas cuya mora en los aportes a seguridad social se haya originado después del 10 de agosto de 2026, como consecuencia del sismo, puedan acceder al beneficio. También se propone admitir a empleadores con acuerdos de pago vigentes, bajo mecanismos que garanticen la normalización de los aportes correspondientes.
  3. Como tercera medida, la Cámara de Comercio plantea establecer una única postulación para los seis ciclos del programa, con verificación mensual automática de las condiciones a través de la información de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Esto permitiría reducir los trámites para los empleadores, las entidades financieras y el Fondo encargado de administrar el apoyo.
  4. Finalmente, propone gestionar ante el Gobierno Nacional el diferimiento, entre tres y seis meses y sin intereses, de los aportes parafiscales destinados al SENA, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y a las cajas de compensación familiar. De acuerdo con la comunicación, esta medida requeriría una norma con fuerza de ley, dado el vencimiento del término del estado de emergencia, salvo que exista una prórroga.

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