El Registro Único Empresarial y Social – RUES, creado por el artículo 166 del Decreto Ley 019 de 2012, implementado desde el 1 de Enero de 2013, es un registro unificado en el cual se refleja de manera centralizada la información de los registros públicos en cabeza de las Cámaras de Comercio, dispuesto para que cualquier ciudadano pueda acceder a la información contenida en los registros públicos administrados por las 57 Cámaras de Comercio del país.
En el portal del RUES: http://www.rues.org.co, tendrá acceso a la información general contenida en los siguientes registros públicos: Registro Mercantil, Registro Único de Proponentes, Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro, Registro Nacional de Juegos de Suerte y Azar, Registro Público de Veedurías Ciudadanas, Registro Nacional de Turismo, Registro de ONGs Extranjeras, Registro de la Economía Solidaria y el Registro Único Nacional de Operadores de Libranza – RUNEOL.
Allí, de conformidad con lo previsto por el artículo 172 del Decreto 019 de 2012, podrá consultar la siguiente información básica de las personas incorporadas en los registros: Cámara de comercio donde se registra, razón social, número de identificación tributaria, fecha de renovación, fecha de matrícula, fecha de vigencia, tipo de organización, categoría de la matrícula, estado de la matrícula, actividad económica, establecimientos, agencias o sucursales, representantes legales principales y suplentes, y limitaciones de su capacidad de contratar.
En cumplimiento de lo anterior, se aprobó la utilización del formulario único del Registro Empresarial y Social RUES y sus anexos, el cual se adoptó a partir del 1° de enero de 2013.
Se recuerda que el formulario debe diligenciarse para los siguientes trámites:
– Matricula mercantil y renovación de personas naturales y jurídicas.
– Inscripción y renovación de entidades sin ánimo de lucro.
– Inscripción, renovación y actualización del Registro Único de Proponentes.
– Inscripción de veedurías ciudadanas.
– Inscripción y renovación de entidades de la economía solidaria.
También se recuerda que a partir del año 2013 las entidades sin ánimo de lucro están obligadas a renovar anualmente su inscripción antes del 31 de marzo, en los mismos términos y con las mismas tarifas establecidas para el registro mercantil.